Membresía

ASOTUR-PERÚ está conformada por representantes de las agencias de viajes que realizan como actividad especializada la de tour operador de turismo receptivo y/o interno en nuestro país.
Para ser considerado miembro de ASOTUR-PERÚ, deberá cumplir con los requisitos considerados en el Reglamento Interno de la Asociación y este podrá ser en su condición de socio honorario, socio activo y socio adherente.
Todos los Asociados, al ser aceptadas como miembros de ASOTUR-PERÚ, están obligados al cumplimiento de Código de Ética profesional, para salvaguardar la honestidad comercial y de servicio al usuario.
En la actualidad, ASOTUR-PERÚ, cuenta con Asociaciones en diversas Regiones en el ámbito nacional.
Afiliese a Asotur y sea parte de una organización que se preocupa por su crecimiento en el turismo Requisitos Afiliación Solicitud de Afiliación

Código de Etica de ASOTUR - PERU

Preámbulo

Los viajeros dependen de agencias de viajes y otros afiliados con ASTA para guiarlos de manera honesta y competente. Todos los miembros de ASTA se comprometen a llevar a cabo sus actividades comerciales de una manera que promueve el ideal de integridad en los viajes y acuerdan actuar de acuerdo con las secciones aplicables de los siguientes Principios del Código de Ética de ASTA.
Las quejas que surjan bajo este Código deben ser presentadas por escrito al Departamento de Asuntos del Consumidor en diversas Regiones en el ámbito nacional.

Código de Etica de ASOTUR - PERU

Responsabilidades de la Agencia de Viajes Asociados:

1. Precisión. Los miembros de ASOTUR-PERÚ serán exactos y precisos al proporcionar información sobre sus servicios y los servicios de cualquier Agencia proveedora que ellos representen. No usarán prácticas engañosas.
2. Divulgación. Los miembros de ASOTUR-PERÚ proveerán por escrito, previa solicitud escrita, detalles completos sobre el costo, las restricciones y otros términos y condiciones de cualquier servicio de viajes vendido, incluyendo políticas de cancelación y tarifa de servicio. Los detalles completos de la hora, el lugar, la duración y la naturaleza de cualquier venta o presentación promocional que el consumidor deberá asistir en relación con sus arreglos de viaje serán revelados por escrito antes de que se acepte cualquier pago.
3. Respuesta. Los miembros de ASOTUR-PERÚ responderán de manera sustantiva a las quejas de sus clientes.
4. Reembolsos. Los miembros de ASOTUR-PERÚ cumplirán con los compromisos y pagos bajo su responsabilidad dentro del plazo especificado. Razones para la demora en el cumplimiento de las obligaciones se dará al reclamante con la prontitud necesaria.
5. Cooperación. Los miembros de ASOTUR-PERÚ cooperarán con cualquier investigación realizada por ASOTUR-PERÚ para resolver cualquier disputa que involucre a los consumidores.
6. Confidencialidad. Los miembros de ASOTUR-PERÚ tratarán cada transacción del cliente confidencialmente y no revelarán ninguna información sin el permiso del cliente, a menos que lo requiera la ley.
7. Afiliación. Los miembros de ASOTUR-PERÚ no usaran falsamente la afiliación de una persona con su firma.
8. Conflicto de intereses. Los miembros de ASOTUR-PERÚ no permitirán que ninguna relación con sus proveedores interfiera con los intereses de sus clientes.
9. Cumplimiento. Los miembros de ASOTUR-PERÚ no deben haber sido sentenciados por alguna violación de las leyes, decretos y reglamentos judiciales o administrativos, regionales, departamentales y locales que afectan a los consumidores.

Responsabilidades de todos los miembros

1. Aviso Los miembros de ASOTUR-PERÚ que operan tours aconsejarán inmediatamente a la agencia cliente o cliente que reservó el espacio de cualquier cambio en el itinerario, servicios, características o precios.
2. Entrega. Los miembros de ASOTUR-PERÚ que operan tours proveerán todos los componentes como se indica en su folleto o confirmación por escrito, de no poder cumplir lo ofrecido, proveerán a cambio servicios alternos de igual o mayor valor, o proveerán la compensación apropiada.
3. Credenciales Un miembro de ASOTUR-PERÚ no deberá, a cambio de dinero o de otra manera, proporcionar credenciales de su agencia de viajes a cualquier persona que realice labores de representación, vendedores libres u otras actividades si no se está con la seguridad del buen uso de la credencial, esto para evitar que la persona se involucre en problemas y/o quejas por vender o administrar la venta de servicios de viaje al público en general en nombre de la agencia miembro durante el período de validez de tales credenciales.

Conclusión

El incumplimiento de este Código puede someter a un miembro a acciones disciplinarias, según lo establecido en los Estatutos de ASTA. (30 de setiembre de 2004)